La Comisión de Desarrollo Económico aprobó, con 13 votos afirmativos, el informe para segundo debate del proyecto de reformas a la Ley Orgánica de Emprendimiento e Innovación para la Implementación Efectiva del Emprendimiento Juvenil.
En ese marco, el titular de la Comisión, Esteban Albornoz, señaló que se han realizado ajustes en torno al articulado que norma las plataformas de fondos colaborativos, esto tras las observaciones realizadas por las autoridades de la Superintendencia de Bancos y Compañías.
El legislador puntualizó que se plantea sustituir el contenido de los incisos segundo y tercero del artículo 33 de la Ley Orgánica de Emprendimiento e Innovación. El nuevo texto indica que el registro de las plataformas de fondos colaborativos será público y estará bajo la regulación de la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera. El procedimiento de registro de estas plataformas de categoría de inversión en acciones, se sujetará a la normativa que emita la mencionada institución.
Además, las plataformas de fondos colaborativos estarán bajo la vigilancia, supervisión y control de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, en el ámbito de sus competencias.
Así también, se sugiere incluir dos párrafos en la parte final del artículo 34 de la Ley Orgánica de Emprendimiento e Innovación. En ellos se estipula que en el caso de que las plataformas de fondos colaborativos de categoría, Financiamiento Reembolsable, realicen actividades de intermediación financiera, requerirán previa su operación, autorización de la Superintendencia de Bancos.
Por su parte la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros tendrá a cargo la vigilancia, supervisión y control de las plataformas de fondos colaborativos de categoría, Donación, Recompensa y Precompra, de conformidad con la normativa que esta expida para el efecto.
Los comisionados respaldaron los cambios propuestos sobre las normas que regulan los fondos colaborativos e indicaron que las observaciones incorporadas permitirán su regulación y control.
Otros puntos del proyecto
La normativa plantea, además, la creación de la Bolsa de Emprendimiento, que consiste en una plataforma que integra los proyectos de emprendimientos o planes de negocios que fueron presentados por los recientes profesionales como trabajos de titulación en las instituciones de educación general y superior que son calificados y aprobados por el Comité de Calificación y Acompañamiento.
La creación de dicha Bolsa estará a cargo de la Secretaría Nacional de Educación Superior, Ciencia Tecnología e Innovación.
En otro punto, el proyecto contempla que las instituciones de Educación General y de Educación Superior establecerán como alternativa a los trabajos de titulación para determinadas carreras, la presentación de planes de negocios o proyectos de emprendimiento, los cuales deberán ser aprobados como requisito para el otorgamiento del respectivo título.
En la norma se establece, también, que la preparación y titulación relacionadas con los planes de negocios y proyectos de emprendimiento responderán a los estándares mínimos establecidos por la Secretaría Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación, en el marco del impulso al ecosistema de emprendimiento e innovación.
Una vez que el informe fue aprobado se entregará a la Secretaría General para que sea conocido por el Pleno de la Asamblea.
Proyecto de Ley de la Defensoría Pública ya cuenta con informe favorable para segundo debate
Con 8 votos a favor, la Comisión de Justicia y Estructura del Estado, presidida por José Serrano Salgado, en la sesión 161 aprobó el informe para segundo debate del proyecto de Ley Orgánica de la Defensoría Pública.
En el texto final se incorporó las observaciones que, por escrito, hicieron llegar los parlamentarios Esteban Torres y Carlos Ortega, respecto a clarificar las materias de competencia sobre las que brindará asistencia y patrocinio legal la Defensoría y los consultorios jurídicos a los ciudadanos en condición de vulnerabilidad y de escasos recursos económicos.
También, se especificó la necesidad de evitar una afectación al derecho al trabajo de los abogados en libre ejercicio profesional, los que en el orden del 80 % atienden y defienden causas de ínfima cuantía.
José Serrano reconoció que está normativa está pendiente desde la entrada en vigor de la Constitución, la misma que se debatió por dos años y contó con la participación de actores del sector público, académicos y representantes de universidades, enfatizó.
Estructura
La propuesta contempla cuatro capitulos: I, Generalidades; II, Principios de la Defensoría; III, Prestación de Servicios de Asesoría, Asistencia Legal y Patrocinio Judicial; IV, Red Complementaria a la Defensa Jurídica Pública. Dos Disposiciones Generales; cinco Disposiciones Reformatorias y Derogatorias; una Disposición Transitoria Única; y una Disposición Final.
Objeto
La propuesta busca regular y normar los procesos de la Defensoría Pública y de la Red Complementaria a la defensa jurídica pública compuesta por los consultorios jurídicos gratuitos de las universidades y demás organizaciones, en el ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales para la prestación gratuita y oportuna de los servicios de asesoría, asistencia legal y el patrocinio judicial en diversas materias e instancias, a las personas que por su estado de indefensión o condición económica, social o cultural, no puedan contratar los servicios privados de defensa legal para la protección de sus derechos.
Ejes principales
Establecer la organización y normas a la prestación gratuita, oportuna, integral, ininterrumpida, técnica y competente de los servicios de asesoría, asistencia legal y patrocinio judicial que brinda la Defensoría Pública y la Red Complementaria de consultorios jurídicos gratuitos, con el propósito de garantizar la permanente coordinación y articulación interinstitucional.
Autonomía
La Defensoría Pública es un órgano autónomo de la Función Judicial que funcionará de forma desconcentrada con autonomía administrativa, económica y financiera.
Derechos de usuarios
Según el proyecto, son derechos de las personas usuarias de la asesoría, asistencia legal y patrocinio jurídico gratuito que brinda la Defensoría Pública y la Red Complementaria, los siguientes: ser atendido con respeto y eficiencia; conocer en todo momento y con oportunidad, a través de los medios establecidos para el efecto, el estado de las causas o casos sujetos a patrocinio; recibir una defensa técnica, idónea, oportuna, ininterrumpida durante todo el proceso hasta su culminación y archivo.
Además, procurarle reserva y confidencialidad sobre el caso motivo del patrocinio o asesoría jurídica gratuita, excepto cuando la información entregada por la defensora o defensor público tenga fines estadísticos; orientación e información eficaz sobre el servicio de patrocinio y asesoría; solicitar, de manera fundamentada, el cambio de defensora pública o defensor público asignado para su patrocinio o asistencia legal.
Formación continua
A fin de garantizar la especialización en las diferentes materias, dotar de herramientas técnicas jurídicas en lo concerniente a la defensa, la necesidad de formación continua y capacitación para el cumplimiento de los objetivos de esta Ley, la Defensoría Pública contará con la Escuela Defensorial.
Reformas a Ley de Energía Eléctrica mejorarán condiciones de seguridad jurídica en operación e inversión de generación
El Pleno de la Asamblea Nacional aprobó, con 118 votos, el proyecto de reforma a la Ley Orgánica del Servicio Público de Energía Eléctrica (Lospee), el cual busca modificar aspectos sobre la estructura del sector eléctrico del país y mejorar ciertos aspectos que se presentan en el articulado concerniente a temas de generación, transmisión, distribución y comercialización de energía eléctrica.
El ponente del proyecto y presidente de la Comisión de Desarrollo Económico, Esteban Albornoz, hizo un recuento de las leyes de electrificación en Ecuador. Remarcó que el 90 % de energía eléctrica que se consume en el país viene de fuentes renovables. “Nuestra matriz eléctrica es una de las más limpias del planeta”, aclaró.
Además, indicó que este proyecto (de los asambleístas Verónica Arias, Wilma Andrade y el exlegislador Daniel Mendoza) recibió aportes, para el segundo debate, de los legisladores Verónica Arias y Raúl Auquilla, así como del Ministerio de Energía, el Presidente Ejecutivo de Centrosur y del Gerente de la Empresa Eléctrica de Quito.
Objetivos del proyecto
Entre los objetivos del proyecto está permitir a los gobiernos autónomos descentralizados administrar los recursos de mantenimiento y mejora, recaudados por concepto de alumbrado público de plazas, parques y espacios públicos, regular la opción de servicio de carga de vehículos eléctricos, reducir efectos de pérdidas no técnicas por hurto de energía y mejorar las condiciones de seguridad jurídica en la operación e inversión de generación eléctrica para actores públicos y privados.
Reformas
Entre los cambios a la normativa se mejora la definición de “autogenerador” e incorpora definición de “consumo propio” para mejorar el funcionamiento del régimen de autogeneración.
Además, perfecciona las condiciones para el adecuado funcionamiento del Operador Nacional de Energía (Cenace) asegurando los recursos necesarios para su operación y mantenimiento.
A la vez, las reformas permitirán corregir la funcionalidad de los procesos de autorización y concesión de los proyectos de generación de energía eléctrica. También se define la posibilidad de terminación de contrato a empresas públicas que no cumplan con lo pactado en la autorización de operación.
Entre otros aspectos, se modifica el artículo 66 de la Lospee para que la Empresa Eléctrica de Distribución pueda imponer las sanciones a consumidores regulados y terceros, por las infracciones establecidas en la Ley y en el contrato de suministro.
Debate
Una vez terminada la exposición del legislador Albornoz se abrió el debate. Los asambleístas mencionaron que esta reforma es de gran importancia para el país ya que sostiene el desarrollo y tecnología. Se indicó que de acuerdo con el mandato constitucional, la energía, en todas sus formas, está dentro de sectores estratégicos y su administración, control, seguridad y gestión están bajo la potestad del Estado.
Así mismo indicaron que es positivo establecer los requisitos y procedimientos para la autorización y contratos de concesión, así como su terminación.
En otro aspecto, pidieron que las concesiones se efectúen previo a un concurso para lograr mayor transparencia. Se aclaró que estos procesos deberán ser participativos con el fin de evitar perjuicios al Estado y sus habitantes.
Además, se solicitó que se incluya un inciso en el que conste que el alumbrado público también comprenderá aquellos sistemas de iluminación de escenarios deportivos de acceso y uso público que los gobiernos autónomos descentralizados hayan delegado a particulares o se encuentren en comodato.
También se propuso regular y normar al sector eléctrico, tanto en las concesiones como en el cobro por prestación de servicios. Se indicó, además, que la normativa pretende mejorar el servicio, brindar seguridad técnica y establecer igualdad de condiciones entre lo público y privado.
Una vez que se aprobó el informe, el mismo pasará al Ejecutivo para su aprobación o sanción.