El consejero electoral, Luis Verdesoto, alertó la mañana de este martes 15 de septiembre que la Convocatoria a las Elecciones Generales de 2021 debe ser aprobada por el Pleno del CNE, respetando los tiempos previsibles (plazo de dos días luego de aprobado el texto por el Pleno) para que los ciudadanos -13 millones de ecuatorianos- y los sujetos políticos –16 binomios presidenciales, 100 candidatos a parlamentarios andinos y 300 candidatos a asambleístas nacionales, sin contar los candidatos a asambleístas provinciales- puedan ejercer con libertad su derecho a las acciones de corrección o impugnación que consideren pertinentes. Recién entonces, la convocatoria puede ser publicada, cuando ya se encuentre en firme. De lo contrario, el CNE y los consejeros que avalen esta omisión, violarían los derechos sobre los recursos electorales dispuestos en el Código de la Democracia, provocando graves errores de origen a la Convocatoria, sin que se descarte una posible intención de perjudicar a alguna candidatura o incluso entregar instrumentos para su beneficio a otras.
Según Verdesoto, esta situación puede provocada por la falta de planificación de la gestión de las elecciones y los tiempos atropellados del calendario electoral, el mismo que una vez más muestra que no responde a la coyuntura vigente. “Estamos frente a una disyuntiva. Por un lado, para cumplir con los tiempos del calendario electoral se puede menoscabar el derecho a interponer acciones de corrección o impugnación. Y, por otro, si se respeta ese derecho, se incumpliría con el calendario, que dada la actual situación, debe ser reformado.” Convocar a las elecciones sin respetar el plazo de impugnación es una falta, esto es hacerlo el día jueves 17; mientras que respetar el plazo de ley implica una modificación del calendario, aunque ligera, necesaria.
“Una Convocatoria a Elecciones con posibles irregularidades y vacíos atenta a toda luz contra la juridicidad y la legitimidad que requiere este proceso. El proceso no debe tener ninguna mancha de duda. Peor incorrecciones en la convocatoria. Por el beneficio de la legitimidad de origen de las autoridades, sean quienes fueren, por el irrestricto respeto a la voluntad popular de los ecuatorianos. Para eso es la Ley. Para respetarla. Para que todos la respetemos. El Pleno debió conocer de la resolución de convocatoria y disponer que, en ejercicio de la Ley y Reglamentos, se convoque a la ciudadanía y a los partidos políticos para que la examinen. Esta es la historia de las convocatorias electorales. Y si se cometió este mismo error hace dos años, bajo ninguna forma ese error legitima volver a toparse, otra vez, con la misma piedra.”
Aseveró que lo correcto en este caso es que primero el Pleno del CNE apruebe el texto de la convocatoria a elecciones para, posteriormente, publicarla. Sin embargo, entre la aprobación de la Convocatoria por parte del Pleno y su publicación, debe existir un tiempo previsible para posibles acciones de corrección o impugnación. Una vez subsanado este tema, se debe producir la Convocatoria a Elecciones en legal y debida forma para que esta quede en firme.
El artículo 239 del Código de la Democracia señala que: “Los sujetos políticos dentro del plazo de dos días contados a partir de su notificación, tienen el derecho de solicitar la corrección, objetar, o impugnar las resoluciones de los órganos de gestión electoral. Estos derechos serán ejercidos en sede administrativa ante el mismo órgano que tomó la decisión o ante su superior jerárquico, según el caso”.
El consejero electoral recordó que en el año 2012, el Pleno del CNE resolvió aprobar el texto de la Convocatoria a Elecciones en la sesión del 12 de octubre del año 2012, la misma que fue publicada el 18 de octubre del mismo año; es decir que 5 días antes fue aprobado el texto. Mientras que para las Elecciones Seccionales de 2014, la aprobación del texto de la Convocatoria se produjo el 11 de octubre de 2013, mediante la cual el Pleno del Consejo Nacional Electoral convocó a elecciones el 18 de octubre de 2013; es decir se produjo con una antelación de 6 días.
Hace dos años, por acto similar de omisión y violación a los derechos de los ciudadanos y los sujetos políticos, Luis Verdesoto mostró su rechazo sin asistir a la sesión en la que se trataba sobre la convocatoria a las elecciones seccionales de 2019.
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