Una nueva petición de consulta popular ha sido entregada a la Corte Constitucional. A través de una consulta local se pretende decidir sobre asuntos que, el artículo 261 -numeral 11- de la Constitución, prescribe claramente como competencia privativa del Estado Central. La Carta Magna puntualiza que los recursos energéticos, minerales, hidrocarburos, hídricos, biodiversidad y recursos forestales son competencia exclusiva
del Estado Central, por lo que los gobiernos provinciales o cantonales no tienen injerencia en estos temas.
En la consulta popular de 2018 la gran mayoría del Pueblo ecuatoriano, dijo sí al desarrollo de la industria minera, excepto en áreas protegidas,centros urbanos y zonas intangibles.
Donde se realiza la minería responsable, se genera empleo, divisas que coadyuvan a mantener la dolarización, se promueve el desarrollo local, el emprendimiento y el encadenamiento productivo. Nuestra industria está
comprometida con el manejo ambiental responsable, sin afectar fuentes de agua y con una gestión apegada a la normativa vigente, así como a los mejores estándares, y a buenas prácticas internacionales.
La Corte Constitucional ha rechazado en varias ocasiones anteriores pedidos de consulta popular. Confiamos en que -como custodios de la Constitución- los jueces de la Corte Constitucional en esta ocasión también hagan prevalecer lo determinado en la Carta Magna, respetando los derechos adquiridos y precautelando la seguridad jurídica del Ecuador.
Hoy más que nunca, el país necesita empleo y reactivación económica. Intereses particulares no deben afectar el derecho que todos los ecuatorianos tienen de beneficiarse de una industria ejercida con responsabilidad que atrae inversión y que genera progreso para el país.