· Para cuidar su salud, simplificamos el proceso de exoneración del impuesto predial.
Ser dueño de una propiedad es un derecho de los ciudadanos y conlleva obligaciones importantes que deben cumplir en beneficio directo y de sus vecinos. El pago del impuesto predial es una de esas obligaciones ya que, en gran medida, los recursos recaudados se utilizan para realizar obras que mejoran la calidad de vida de la población.
Los ciudadanos deben pagar a tiempo el impuesto predial del próximo año (2021) y para fomentar que lo hagan puntualmente, la administración municipal ofrece el beneficio del pronto pago entre enero y junio de 2021 que consiste en la rebaja de hasta el 10% del valor que se paga normalmente por un predio.
Del 16 al 31 de enero de 2021 este descuento será del 9%, y seguirá disminuyendo progresivamente cada 15 días hasta llegar a cero a finales del mes de junio. Desde julio se aplicará por el contrario un recargo de hasta el 10% sobre los valores del impuesto en los predios urbanos.
Por otra parte, para precautelar su salud y evitar las aglomeraciones de usuarios, en el período comprendido entre el 4 al 22 de enero, los balcones de servicios municipales, atenderán de manera presencial solo bajo la modalidad de agendamiento previo de cita, para los trámites correspondientes de patente y reclamos administrativos tributarios.
Para la información, pago y reclamos de exoneración predial se pone a disposición de la ciudadanía varios canales virtuales de consulta, Contact Center Municipal (llamadas telefónicas), Portal de Servicios Ciudadanos (internet), Correo electrónico, WhatsApp, Messenger, videollamadas, llamadas por internet, SMS.
Canales de consulta
Para enfrentar la emergencia sanitaria por el COVID-19 se implementaron múltiples canales de consulta para satisfacer la demanda de información, de los ciudadanos. El horario extendido es de 07:00 a 17:30.
· Contact center municipal: 1800 510 510, opción 1
· Página web: https://pam.quito.gob.ec/
· Chat en línea
· Videollamadas
· WhatsApp: (593) 986925363
· Opción consulta de obligaciones
Redes sociales
· Facebook: @serviciosciudadanosquito
· Twitter: @aQUITOdosEC
· SMS al 6367 con número de predio
· Correo electrónico: serviciosciudadanos@quito.gob.ec
En el caso de personas de la tercera edad para las exoneraciones solo deberán realizar la solicitud por única vez; hay pocos casos que no tienen el beneficio registrado en el sistema municipal, por lo que de serlo se deberá realizar esta solicitud.
Solicite la exoneración sin salir de casa. No será necesario que los ciudadanos acudan a los balcones de servicios, para su beneficio este trámite se solicitará en línea (internet).
Recuerde que la exoneración del impuesto predial se aplica a personas naturales o jurídicas de la tercera edad, con discapacidad, entidades sin fines de lucro, entidades públicas, por créditos hipotecarios, patrimonio familiar (hasta 5 años) conforme lo estipula el artículo 35 del Código Tributario y artículo 509 del Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización, COOTAD.