Fausto Giraldo
En diciembre del año pasado realicé el análisis sobre los derechos de las personas privadas de la libertad y la relación con la demanda ciudadana en torno a que el Estado garantice la implementación de políticas públicas tanto en la gestión de centros carcelarios como de seguridad ciudadana y convivencia pacífica.
Es indudable la conmoción del país sobre los sucesos ocurridos en tres de estos lugares, Guayaquil, Cuenca y Latacunga, en donde se produce una “masacre sanguinaria” al estilo de grandes bandas / mafias del crimen organizado a nivel mundial, ello abre el debate nuevamente sobre el tema e insisto en preguntar ¿En el Ecuador se produce la reclusión únicamente o a caso hay rehabilitación e inserción de las personas que cometen delitos?.
Existen varios estudios situacionales, estadísticas del estado penitenciario, proyectos y propuestas, incluso desde el mismo ente encargado de gestionar este sector, pero al parecer no hay “voluntad política e institucional” para formular políticas y su implementación efectiva.
El artículo 51 de la Constitución de la República reconoce a las personas privadas de la libertad los derechos, entre otros: contar con los recursos humanos y materiales necesarios para garantizar su salud integral en los centros de privación de libertad y la atención de sus necesidades educativas, laborales, productivas, culturales, alimenticias y recreativas. Esto, se entiende, con el propósito de contribuir en la rehabilitación y reinserción de los PPL a la dinámica de convivencia pacífica y a su vez comprender que quienes han sido privados de libertad son seres humanos.
Nadie está exento de ser privado de la libertad, no porque se busque sino por circunstancias de la vida, delinquir es una consecuencia de las condiciones sociales y materiales de vida de una sociedad, está que en la actualidad atraviesa una crisis profunda económica y moral.
En el 2019 se formula el proyecto “Transformación del sistema de rehabilitación social a nivel nacional” por parte del Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de la Libertad y a Adolescentes Infractores, propuesta cuya fecha límite de ejecución es el año 2021, por lo que sus directivos deberían rendir cuentas de lo realizado y el cumplimiento de objetivos y metas, más sin embargo ya en este proyecto establecen algunos datos y consideraciones que debieron ser tomados en cuenta:
• La prevalencia de delito hace referencia a la población que fue víctima de algún delito como: robo a personas, estafa/fraude, intimidación/amenaza, heridas/lesiones y secuestro. En promedio a nivel nacional el 20% de la población ha sido víctima de un delito.
• Las grandes provincias tienen el mayor número de homicidios, observamos que en tres provincias se concentran más del 50% de los homicidios del país. Las provincias de la Costa están entre las que muestran más prevalencia. Guayas, Pichincha, Los Rios.
Fuente: Registro estadístico de defunciones generales – Anuario de estadísticas vitales: nacidos vivos y defunciones 2018 – INEC
• Los Centros de Rehabilitación Social, no ofrecen la infraestructura idónea para llevar a cabo programas de rehabilitación, esto se debe en gran medida a que estas instalaciones en la mayoría de los casos no fueron construidas para fines penitenciarios y más bien fueron escuelas, centros comerciales, hospitales, etc. La infraestructura de los centros de privación de libertad se encuentra en muy mal estado. Los servicios básicos como agua potable, luz, alcantarillado, así como las baterías sanitarias, hidráulicas, instalaciones eléctricas, y de comunicaciones son insuficientes y presentan pésimas condiciones.
• El sistema de corrupción que opera en el sistema penitenciaria ecuatoriana se funda en una relación personalista sostenida entre funcionarios/as e interno/as, en un contexto marcado por la sobrepoblación el hacinamiento y las malas condiciones de vida. El crecimiento de la población carcelaria durante los últimos quince años ha provocado que mantener el control dentro de las cárceles sea cada vez más difícil, son aproximadamente cuarenta mil privados de libertad con un promedio de 34% de sobre población según la capacidad de estos centros.
• La limitada formación de personal en seguridad penitenciaria y personal técnico – operativo en áreas de atención y manejo a personas en conflicto con la ley que lamentablemente no tienen conocimiento suficiente para el trato con personas privadas de la libertad y contribuyen de manera negativa con su rehabilitación es otra problemática que se suma a la crisis del sistema de rehabilitación social. A esta problemática se suma la deficiencia del sistema de seguridad penitenciaria, el equipamiento y tecnología obsoleta, insuficiente e inadecuada dan paso a un deficiente monitoreo para el ingreso de objetos y sustancias prohibidas, sujetas a fiscalización situaciones que incrementan la seguridad penitencia y los actos violentos (amotinamientos, asesinato, fugas etc.) dentro de los CPL.
Más allá de la exigencia social de endurecer las penas para “castigar” la criminalidad y el delito, es decir: reformar la norma suprema y las leyes para que haya por ejemplo cadena perpetua, que los PPL realicen actividades productivas (trabajo) para su autosostenibilidad, otros incluso van más allá al proponer medidas radicales que atentan los ámbitos humanos y físicos como la pena de muerte o castraciones a los violadores, está el proceso de internación de sentenciados y la gestión de las cárceles en cuyo defecto debe determinarse si es “reclusion o rehabilitación”; esta última parte conlleva entonces a proponer algunas líneas que organicen y contribuyan a la definición de la misión y visión del sistema carcelario:
Formular un modelo de gestión carcelaria acorde a la ley y las regulaciones sociales que posibilite el manejo y control, así como la rehabilitación del porcentaje máximo de PPL’s, entendido esto bajo la consideración de que no será el 100% de la población carcelaria, ya que el deterioro de la conducta humana es notable y no se logrará dicha rehabilitación, sino solo el cumplimiento de penas privativas de libertad.
Debe existir un régimen de clasificación del delito a fin de que los centros de privación tengan en su composición a los PPL según los delitos cometidos, quizá podría decirse “centros de privación especializados”. Esto limitará ubicar en un mismo lugar a delincuentes de alta peligrosidad, otros reincidentes y aquellos que cumplen sentencia por delitos menores cuyo historial delictivo no refleja la peligrosidad del caso.
Definir el nivel y mecanismos de participación de cada ministerio en los proyectos o programas de rehabilitación: educación, agricultura, trabajo, cultura, deportes, defensa, la academia e institutos tecnológicos. Cada uno de ellos en el ámbito de sus funciones y competencias en la medida de comprender que se trata de reinsertar a esta población en la sociedad. Como señalé no a todos los PPL se podrá dirigir la rehabilitación, sin embargo hay dos ministerios que deben ejecutar acciones al interior del centro especializado para la privación de libertad de aquellos denominados de “peligrosidad”: el de defensa que debe impulsar procesos disciplinarios (ordenamiento, ejercicio físico, cumplimiento de normas) y el de salud que sería el encargado del análisis, seguimiento y evaluación de la salud mental de estas personas.
La creación de centros académicos para potenciar las capacidades productivas y la implementación de talleres, granjas y unidades productivas resulta ser imperioso a efecto de incorporar a los PPL en actividades económicas; las ciudades requieren de mano de obra calificada para producir bienes y materias primas, es posible la articulación con los gobiernos locales y alianzas estratégicas con empresas de diversa índole.
No es sencillo, es un tema sensible, las principales políticas públicas se denominan educación, empleo, cultura y deporte para toda la sociedad, solo estás evitarán el aumento de la población privada de la libertad, pero a lo que existe hay que poner el pecho aún cuando debe entenderse que en este caso no es de qué lado se está: si de los derechos de los PPL o de la población que no delinque, es una cuestión de sociedad y amerita una intervención integral, para ello se requiere la voluntad política de los gobernantes.