Desde el 1 de mayo de 2021, el Servicio de Rentas Internas (SRI) cuenta con una
unidad administrativa especializada en el ejercicio de facultades tributarias respecto
de sujetos pasivos considerados como Grandes Contribuyentes.
Mediante Resolución No. NAC-DGERCGC21-00000008 del 4 de febrero de 2021,
publicada en el Registro Oficial Nro. 388 del 9 de febrero de 2021, el Servicio de
Rentas Internas expidió la reforma al Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional
por Procesos del SRI y creó las bases organizativas de esta nueva unidad
especializada.
Los criterios para la consideración de grandes contribuyentes para efectos tributarios
se encuentran contenidos en la Resolución Nro. NAC-DGERCGC21-00000022,
emitida por la Directora General del SRI, Marisol Andrade, y publicada en el Cuarto
Suplemento del Registro Oficial Nro. 442 de 29 de abril de 2021.
Marisol Andrade informó que en el país existen 710 grandes contribuyentes, entre
personas naturales y sociedades, y que este grupo tiene una amplia gama de
sectores productivos, de comercio, finanzas y de servicios, e incluye a los principales
miembros de los grupos económicos del país.
Con la creación de la Dirección de Grandes Contribuyentes se busca fortalecer el
ejercicio especializado de las facultades tributarias, en observancia de los principios
constitucionales que rigen la administración pública y el régimen tributario
ecuatoriano. Esta unidad abarcará primordialmente las tareas de recaudación,
fiscalización, asistencia al contribuyente, atención de devoluciones y reclamos, así
como la gestión jurídica en procesos contenciosos administrativos tributarios, en
relación a las obligaciones a cargo de tales contribuyentes.
La Dirección de Grandes Contribuyentes cuenta con jurisdicción nacional, concentra
todas las funciones operativas y la responsabilidad de gestionar el cumplimiento
tributario de este segmento, que representa el 50% de la recaudación.
El Servicio de Rentas Internas continúa trabajando con estricto apego técnico y legal
para la consecución de las metas de recaudación y de acuerdo con los principios que
rigen el régimen tributario ecuatoriano.